Concierto de verano

Concierto musical de la banda de Salinas
El próximo viernes 30 de julio a las 20:30h en la Plaza de España, podrás disfrutar del mágico Concierto de Verano, a cargo de la Banda de Música de Salinas.
¡Os esperamos!
Concierto musical de la banda de Salinas
El próximo viernes 30 de julio a las 20:30h en la Plaza de España, podrás disfrutar del mágico Concierto de Verano, a cargo de la Banda de Música de Salinas.
¡Os esperamos!
Contratación de personas desempleadas.
El pasado viernes 16 de julio se inició el programa EMCORP/2021/140/03 para la contratación de personas desempleadas de al menos 30 años de edad.
Se trata de un programa financiado por LABORA Servei Valencià d'Ocupació i Formació, por un importe de 21.750,49 euros.
Con este programa de LABORA se ha contratado a un oficial de albañilería y a un peón de construcción.
El programa EMCORP tiene una duración de 6 meses, finalizando el día 15 de enero 2022.
Adjuntamos el cartel informativo del programa EMCORP.
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𝗧𝗔𝗟𝗟𝗘𝗥 𝗗𝗘 𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗢 "𝗦𝗔𝗟𝗜𝗡𝗔𝗦 𝗩𝗜", ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS MUNICIPALES, ALBAÑILERÍA Y JARDINERÍA.
El pasado viernes 8 de julio se aprobó el bando para el proyecto 𝗧𝗔𝗟𝗟𝗘𝗥 𝗗𝗘 𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗢 "𝗦𝗔𝗟𝗜𝗡𝗔𝗦 𝗩𝗜", ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS MUNICIPALES, ALBAÑILERÍA Y JARDINERÍA.
- Dirigido a personas de 25 años o más.
- Tendrá una duración de un año.
- Máximo 30 alumnos/as-trabajadores/as.
Las personas interesadas deberán contactar con el Centro LABORA de Petrer e inscribirse en los Códigos y Especialidades que se facilitan en el Bando.
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Tener un animal es una responsabilidad, por lo que rogamos la colaboración ciudadana para mantener nuestro municipio limpio y evitar gastos extraordinarios para Salinas.
Las personas que tengan un animal de compañía están obligadas a recoger los excrementos y a depositar la bolsa en contenedores o papeleras, 𝐬𝐞𝐫 𝐜𝐢́𝐯𝐢𝐜𝐨 𝐞𝐬 𝐠𝐫𝐚𝐭𝐢𝐬, 𝐧𝐨 𝐬𝐞𝐫𝐥𝐨 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐬𝐭𝐚𝐫𝐭𝐞 𝐝𝐢𝐧𝐞𝐫𝐨.
Siempre que saques a tu mascota a pasear, llévala atada y nunca le dejes ir sola. De esta manera, previenes accidentes como atropellos o mordeduras.
Cuida de Salinas. El animal es tuyo, el pueblo es de todos/as.
¿Dónde hay que depositarlos?
Recordamos que los restos de poda deben depositarse en el ecoparque fijo sábados y domingos de 9:00 a 14:00 horas situado en el Camino de Villena, Polígono Industrial La Florida o en el ecoparque móvil los martes alternos de 12:00 a 14:00 horas. ♻️🌳
Nuevas medidas Covid-19 que se ponen en marcha desde mañana en la Comunidad Valenciana.
Se recomienda el uso de mascarilla en espacios al aire libre que no sean playas o espacios naturales.
➡️ Todas estas medidas entrarán en vigor el próximo sábado 10 de julio hasta el domingo 25 de julio.
Publicamos las actas de selección final del programa EMCORP 2021/140/03, donde se contratarán un peón de construcción y un albañil oficial de 1ª.
Ya tenéis disponibles las actas del proceso de selección del programa EMCORP/2021/140/03.
Podéis descargaros las actas en formato PDF en el apartado de archivos adjuntos de esta publicación.
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EMP0457E PEÓN CONSTRUCCIÓN CODIFICADA_firmado.pdf1.49 MB | 1.49 MB |
Durante el mes de agosto no habrá servicio de atención de SUMA en Salinas.
Las próximas fechas en las que prestarán servicio serán el día 15 de julio y el 16 de septiembre en las instalaciones de la planta baja del antiguo Ayuntamiento.
Recordar que en caso de necesitar atención antes de esas fechas, podrán acudir a las oficinas de Sax los martes y los jueves o a Elda de lunes a viernes.
Las pistas se podrán utilizar de 9 a 14 horas y de 17 a 20:30 horas.
Desde el Ayuntamiento de Salinas les comunicamos que pueden reservar las pistas de pádel y tenis mediante los siguientes números de teléfono:
Teléfonos de contacto:
Hecha la reserva, deberán acudir a la piscina para que les abran las pistas.
Ayudas directas destinadas a la población menor de 35 años a fin de facilitar el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño de la Comunitat Valenciana.
Interesados/Solicitantes
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y menores de 35 años adquirentes de una vivienda que reúnan los requisitos indicados en el apartado de "Requisitos".
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y menores de 35 años adquirentes de una vivienda que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda, debiendo concurrir este requisito en todos los compradores de la vivienda, si fueran varios.
b) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza. En el caso de los extranjeros no comunitarios deberán tener residencia legal en España.
c) Estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, incluido el supuesto de vivienda edificada o a edificar sobre un derecho de superficie cuya titularidad recaiga en un tercero.
d) Tener unos ingresos iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Dicho umbral será de:
- 4 veces el IPREM cuando se trate de personas con diversidad funcional o si la persona solicitante forma parte de una familia numerosa que dependa de ella;
- 5 veces IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas solicitantes con discapacidad de alguno de los siguientes tipos: i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
e) Acreditar unos ingresos equivalentes como mínimo a 0,3 veces el IPREM
f) Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la persona o personas beneficiarias por un plazo mínimo de 5 años desde la fecha de su adquisición, debiendo ser ocupada en el plazo máximo de 3 meses desde su entrega por la persona o entidad vendedora.
El plazo de 5 años podrá ser inferior cuando sobrevengan cambios de domicilio por razones laborales o cuando se enajene la vivienda reinvirtiendo el total del importe obtenido con la enajenación en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente que se adecúe a las nuevas circunstancias familiares de la persona beneficiaria. A tal efecto, los beneficiarios de la ayuda deberán solicitar la autorización de libertad de cesión a la Dirección Territorial de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de la provincia donde se ubique la vivienda que resolverá lo procedente.
Y ello sin perjuicio del régimen jurídico que pudiera derivarse del Plan Estatal de Vivienda al amparo del cual se hubiera construido la vivienda, si ésta estuviera sometida a algún régimen de protección pública.
g) Que el precio de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sea igual o inferior a 100.000 euros. Si la compraventa incluyera anejos como garaje o trastero, el precio de cada uno de ellos deberá estar desglosado figurando el precio de cada uno de los elementos por separado.
Si en el precio total se incluyeran anejos como garaje y trastero, y el precio de cada uno de ellos no estuviera desglosado figurando únicamente el importe global, a los efectos de la comprobación del importe máximo del precio anterior, se valorará el importe de la vivienda como el 80 por 100 del precio total del contrato cuando este incluya vivienda y garaje; 95 por 100 cuando el contrato incluya vivienda y trastero y 75 por 100 cuando el contrato incluya vivienda, garaje y trastero.
h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
i) No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrá concederse la ayuda cuando la persona solicitante ostente la propiedad o el usufructo de alguna vivienda en España.
Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, o no puedan habitar la misma por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad del titular o algún miembro de la unidad familiar que se encuentre en situación de dependencia respecto de ella.
Cuando la solicitud de ayuda sea realizada por varias personas adquirentes de una vivienda se computarán los ingresos de todas ellas a los efectos de determinar que la suma de los mismos no supera los límites indicados en los apartados anteriores, debiendo concurrir en todas ellas los requisitos establecidos en las presentes bases para ser beneficiaria de la ayuda a la adquisición de vivienda.
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud de ayuda es desde el 28 de junio hasta e 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive (Orden 5/2021, de 14 de junio, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, de aprobación de bases reguladoras para la concesión de las ayudas correspondientes al Programa de ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente en régimen de propiedad para jóvenes, correspondientes al Plan estatal de vivienda 2018-2021, y convocatoria correspondiente al ejercicio 2021.
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_COMPRA_JOVEN&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=21792
Información completa: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21792&version=amp
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Cartel ayudas compra vivienda joven 2021.jpg230.22 KB | 230.22 KB |
ANEXO I. Declaración responsable.pdf811.17 KB | 811.17 KB |
ANEXO II. Documentación a aportar.pdf787.43 KB | 787.43 KB |
ANEXO III. Autorización.pdf1.16 MB | 1.16 MB |